Porque los expertos dicen que esta Ley pone en riesgo los Derechos Humanos
La Ley de Seguridad Interior ha recibido siete impugnaciones ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), 5 de ellas son por acciones de inconstitucionalidad, es decir creen que existe una contradicción con la Constitución; y las otras dos por controversias constitucionales, que quiere decir que existió una invasión de competencias establecidas en la Carta Magna.
La legislación fue promulgada por el presidente Enrique Peña Nieto el 21 de diciembre de 2017 y el tiempo para interponer acciones en su contra ya se agotó.¿Pero quiénes han sido los que reclamaron y por qué?
INCONSTITUCIONALIDAD
1. En la Cámara de Diputados, los grupos parlamentarios del PAN, PRD, Morena y Movimiento Ciudadano presentaron la primera acción de inconstitucionalidad el 18 de enero, recabando 188 firmas de las 167 firmas requeridas para presentarla.
Estos legisladores están en contra de toda la ley porque dicen que los 28 artículos que contiene son violatorios a los derechos humanos y al acceso a la información pública
2. En la cámara de senadores, el líder del grupo parlamentario del PRD, Luis Sánchez Jiménez acudió el 19 de enero ante el Tribunal Máximo con la acción de inconstitucionalidad contra la Ley, para que sea anulada. La acción fue firmada por 43 senadores pertenecientes al PRD, PAN y PT.
Según este grupo de senadores, además de violar los derechos humanos, La Ley de Seguridad Interior anula las capacidades de los municipios y los estados en materia de seguridad pública y le da facultades metaconstitucionales al presidente y a las Fuerzas Armadas para que actúen por su cuenta.
3. La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) interpuso el 20 de diciembre la acción de inconstitucionalidad por considerar que permite de manera discrecional, sin transparencia y rendición de cuentas, que el presidente de la República ordene la intervención de las Fuerzas Armadas y con ello violar las libertades y derechos de las personas.
4. El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) presentó su acción de inconstitucionalidad por considerar que los artículos 9 y 31, vulneran los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales.
5. El partido Movimiento Ciudadano cree que al ser presentada ante un proceso electoral, la ley pone en riesgo libertades que afectan los derecho político electorales de los mexicanos.
CONTROVERSIAS
La controversia constitucional solo puede ser planteada por la Federación, los Estados, los Municipios y la Ciudad de México ya que esta garantiza el principio de la división de poderes. Se promueve por la invasión de las competencias establecidas en la constitución.
1. El municipio de San Pedro Cholula promovió la controversia constitucional porque se "violenta flagrantemente la autonomía del municipio".
2. La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) interpuso. el último día, una controversia constitucional por el hecho de que en los artículos 31 y tercero transitorio, se estable la obligación de proporcionar la información que genere, administre o tenga en posesión la Comisión, sin importar de quien se trate ni de la condición de víctima o de lo que haya sufrido, lo que genera una situación de riesgo para las víctimas.