Porque en algún momento todos llegamos a trabajar tiempo extra que debe ser pagado conforme a la ley, e incluso los minutos acumulados deben tener una gratificación
Los trabajadores de México pueden acumular minutos o fracciones de horas que excedan la jornada laboral y tendrán que ser consideradas dentro del pago de horas extras, la determinación se sustenta en el fallo que emitió por unanimidad la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
El proyecto aprobado es la contradicción de tesis 107/2018 que señala: "El tiempo extraordinario, los minutos o fracciones de hora laborados, excedentes a la duración de la jornada laboral, son acumulables a la semana y serán pagados en términos de ley por unidad de hora completa”.
Es decir, los minutos trabajados adicionalmente a la jornada laboral se pueden acumular y cobrarse como horas extra.
QUÉ DICE LA LEY LABORAL
Ley Federal del Trabajo señala en los artículos 59, 60, 61, 67 y 68 que la jornada laboral no puede exceder de los máximos legales, que están estipulados en 8 horas la jornada diurna, 7 horas la nocturna y 7 horas y media la mixta.
EN QUÉ CASOS PUEDE APLICAR
Si eres de las personas que prolongan su jornada laboral más allá de lo legal y tus días laborables son de 9 horas a la semana, el salario que te corresponde debe ser doble y si se excede las 9 horas tiene que ser un pago triple.
La resolución aún no es publica porque fue efectuada en una de las salas y, a diferencia de pleno, estas son sesiones privadas. El fallo tendrá que acatarse en todos los tribunales de país. Las fracciones de horas acumuladas y minutos solo serán acumulables en periodos de una semana.