Porque las mujeres tienen derecho a decidir sobre su cuerpo
¡Por fin! Este 2019 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió que las niñas y mujeres cuyo embarazo sea producto de una violación podrán acceder al ABORTO sin necesidad de denunciar, o que ninguna autoridad lo autorice.
La SCN protegió este derecho de las niñas y mujeres víctimas de violación para poder interrumpir legalmente su embarazo.
Ahora, gracias a la Corte todos los hospitales públicos tendrán que realizar interrupciones voluntarias de embarazo producto de violación sin necesidad de que quien solicita el servicio presente una denuncia previamente por el delito.
Además, desecharon las controversias constitucionales que promovieron los gobiernos de Baja California y Aguascalientes en las que alegaban que la reforma a la NOM-190-SSA1-1999, publicada en marzo de 2016, era ilegal y violatoria de sus atribuciones.
¿QUÉ NECESITO PARA ACCEDER AL ABORTO?
1. Solicitar la interrupción voluntaria del embarazo y bajo protesta de decir la verdad informar que el embarazo es producto de una violación.
2. En menores de 12 años, la solicitud deberá realizarla la madre, padre o tutor.
3. El personal que realice el aborto NO tendrá que comprobar lo dicho por la solicitante.
4. No se necesita aprobación previa de ninguna autoridad.
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