Por transgredir el principio de colegialidad que caracteriza al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), las y los comisionados del instituto, interpusieron este lunes, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la controversia constitucional en la que demandan la falta de nombramientos para cubrir las vacantes del Pleno.
Fue a través Dirección General de Asuntos Jurídicos que el pasado 15 de marzo, de aprobó presentar ante la SCJN ese medio control constitucional, al advertir que ante la falta de nombramientos de las posiciones vacantes en el órgano de dirección de este Instituto se vulnera de manera directa el diseño institucional establecido por la Constitución para la integración del Pleno de este órgano autónomo, “con lo cual se transgrede el principio de colegialidad que lo caracteriza”.
Recordaron que sin los comisionados que requieren, se inhabilitaría al Pleno para sesionar válidamente, “con lo cual no podría cumplirse a cabalidad con el mandato que la Constitución le encomienda, afectando los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales, en perjuicio de todas y todos los mexicanos”.
En el documento, se señala que la presentación de una controversia constitucional “es un área de oportunidad para que las y los mexicanos sigan con la posibilidad de ejercer sus derechos humanos de acceso a la información y de protección de datos personales, consagrados en los artículos 6 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.
“La determinación del Pleno de acudir ante la SCJN se dio tras la objeción, por parte del titular del Poder Ejecutivo, del nombramiento de quienes habían sido designados por el Senado de la República como integrantes de este organismo garante, en su sesión pública del 01 de marzo, lo que ocasionó que el Pleno del Inai se mantenga conformado con solo 5 integrantes”, indica.
A esto se suma que el próximo 31 de marzo concluye su encargo el comisionado Francisco Javier Acuña Llamas, por lo que el Pleno del Inai quedaría solo con cuatro integrantes; es decir, sin el quórum legal necesario para sesionar, previsto el artículo 33 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que establece que “las sesiones sólo serán válidas con la asistencia de cuando menos cinco comisionados”.
Por esto, se solicitó la suspensión a la Corte para el efecto de que ordene al Senado de la República culminar con el proceso de designación y, en tanto ello sucede, por medio de una interpretación conforme al artículo 33 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en contraste con lo que dispone el artículo 6º de la Constitución, permita al Pleno de éste Órgano Garante, sesionar con la integración que existirá a partir del 01 de abril de 2023.
La comisionada presidenta, Blanca Lilia Ibarra Cadena; las comisionadas Norma Julieta del Río Venegas y Josefina Román Vergara, y los comisionados Francisco Javier Acuña Llamas y Adrián Alcalá Méndez dijeron confiar en que la SCJN hará efectiva su función jurisdiccional “para preservar la garantía de los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales, así como el sistema de pesos y contrapesos del Estado mexicano, del cual forma parte el Inai”.