Congreso

Empresas deberán pagar luz e internet del home office

'Home Office'. | El congreso mexicano ya dio el primer paso para la regulación del "teletrabajo" | Fuente: Especial

El pleno del Senado aprobó la noche de este miércoles las reformas a la Ley Federal del Trabajo para avalar y regularizar en México el teletrabajo, también conocido como home office.

El dictamen, avalado con 91 votos a favor, reforma el artículo 311 y se adiciona el Capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo.

Con esto, los empleadores deberán asumir los costos derivados del trabajo a través de la modalidad de teletrabajo, incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de la electricidad.

"Asumir los costos derivados del trabajo a través de la modalidad de teletrabajo, incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad", indica la minuta de proyecto de decreto.

El dictamen también establece que se considerará como teletrabajo a las labores que se realicen en un sitio distinto a las instalaciones de la empresa o centro de trabajo, además de que se utilicen las nuevas tecnologías de información y la comunicación.

Las empresas serán las responsables de instalar y dar mantenimiento a los equipos que entreguen a los empleados para que estos realicen sus labores desde casa.

Mientras que los trabajadores deberán cuidar y conservar los equipos, materiales y útiles que reciban de sus empleadores, por ejemplo, computadoras o celulares.

Asimismo, las compañías deberán de respetar los derechos laborales de los trabajadores que se desempeñen bajo esta modalidad, como tener acceso a la seguridad social, así como el derecho a la desconexión, es decir, que no sean requeridos por sus empleadores fuera de las horas de trabajo.

De igual manera, los patrones deberán preservar los datos personales y el derecho a la intimidad de los empleados.

Respecto al salario, las compañías no podrán entregar al trabajador que realiza home office un pago inferior al que recibe el trabajador presencial con funciones iguales o similares.

Nación321 10.23.2020 Última actualización 10 diciembre 2020 8:23

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