¿Es ilegal que mi perrito o 'michi' viaje en el Metro?
Si necesitas trasladarte con tu gato o perro en el trasporte público, ya sea en Metro o Metrobús, es importante que conozcas la siguiente información, pues aunque no es ilegal que nuestros amigos peludos usen la 'limusina naranja', si hay reglas que deben cumplir.
El Reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México establece lo siguiente sobre transportar mascotas:
Según el artículo 230, "se les negará el servicio a quienes lleven consigo bultos, materiales inflamables o animales que puedan causar molestias o riesgos a las personas".
Aunque existe un vacío legal, pues no se establecen mecanismos que midan si un animalito puede "ser molesto".
No obstante, el Reglamento de la Ley de Movilidad hace una excepción y explica que el ingreso libre para los animales será cuando éstos cumplan una labor de asistencia, como los perros guías.
Para el libre tránsito por el transporte público, los usuarios de animales de servicio deberán acreditar la labor de su acompañante de cuatro patas, con un certificado expedido por un centro de adiestramiento para prestar el servicio requerido por el usuario.
Los tipos de perros de servicio son:
- Perro guía: Adiestrado para guiar a una persona con discapacidad visual.
- Perro señal: Adiestrado para avisar sobre la emisión de sonidos y su procedencia a personas con discapacidad auditiva.
- Perro de aviso o alerta médica: Adiestrado para avisar de una alerta médica a personas que padecen discapacidad y crisis recurrentes con desconexión sensorial derivadas de una enfermedad específica, diabetes, epilepsia u otra enfermedad orgánica.
- Perro para trastornos del espectro autista: Adiestrado para preservar la integridad física de estos usuarios, controlar situaciones de emergencia y guiarlos.
- Perro para asistencia de movilidad: Adiestrado para auxiliar a personas con discapacidad física.