Porque la alza de varios productos afectan directamente a los bolsillos de la mayoría
Los ajustes a los impuestos que se aplicarán en 2020 se han 'asomado' desde hace meses con la aprobación en octubre de la Miscelánea Fiscal 2020.
En ese momento, se acordó el cambio en impuestos para cigarros y refrescos, por lo que en 2020 podrás ver un ligero aumento en el precio de estos productos.
El aumento en cigarros y refrescos aplica en todo el país. Sin embargo, el Gobierno de la Ciudad de México y el del Estado de México también tendrán incrementos en diversos bienes y servicios.
De acuerdo con modificaciones al Código Fiscal de la CDMX, publicadas en la Gaceta oficial local del 23 de diciembre de 2020, habrá cambios en impuestos de bebidas alcohólicas, servicios de hospedaje, cobro de tenencia, entre otros.
Estos cambios, de acuerdo con el decreto del 23 de diciembre, entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2020.
Aquí te decimos cuáles son las modificaciones por las que puede que pagues unos pesos más el siguiente año.
PARA TODO EL PAÍS
-Refrescos: la cuota del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) aplicable a bebidas saborizadas será de 1.2616 pesos por litro.
-Cigarros: la cuota aplicable a tabacos labrados será de 0.4944 pesos por cigarro. Si tomamos en cuenta una cajetilla de 20 cigarros, sería una cuota de 9.888 pesos.
Ambos ajustes, el de los refrescos y de los cigarros, están reflejados en el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) y del Código Fiscal de la Federación, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 9 de diciembre.
PARA LA CDMX
-Tenencia: en 2019, el pago de impuesto sobre tenencia, para vehículos de uso particular de hasta 15 pasajeros de modelos anteriores a 2002, se estableció en un mínimo de 363 pesos (para motores de cuatro cilindros) y un máximo de mil 355.80 pesos (motores de ocho o más cilindros).
¿Cuál será el aumento para 2020? Un pago mínimo de 377.50 pesos (motores de cuatro cilindros) y un máximo de mil 409.30 pesos (motores de ocho o más cilindros).
-Bebidas alcohólicas: se añadió al Código Fiscal de la CDMX un impuesto de 4.5 por ciento a bebidas con contenido alcohólico. Este gravamen será aplicado al producto de venta final, es decir, el que sea vendido para efectos de venta al público en general.
El impuesto de 4.5 por ciento aplicará a las bebidas alcohólicas de entre 3 grados y hasta 55 grados, con excepción de la cerveza, el aguamiel y productos derivados de su fermentación.
-Apuestas: se aplicará una cuota del 10 por ciento a los montos totales que las personas gasten en juegos de apuestas y concursos.
-Hospedaje: en las reformas al Código Fiscal para 2019, se había aplicado una tasa de 3 por ciento al valor total recaudado por servicios de hospedaje.
No obstante, las modificaciones para 2020 señalan que ahora la tasa será de 3.5 por ciento; y para aplicaciones como Airbnb, que funcionan como intermediarios, la tasa será de 5 por ciento.
Estos aumentos, de acuerdo con el artículo 162 del Código Fiscal de la CDMX, los termina pagando la persona que se hospeda.
"Los contribuyentes (es decir, los hoteles, hostales, apps, etcétera) realizarán el traslado del impuesto a las personas a quienes se preste servicios de hospedaje", dice el artículo.
ESTADO DE MÉXICO
-Transporte: en diciembre, el Estado de México anunció que el transporte público en la entidad subirá dos pesos a partir de 2020. El mínimo pasará de 10 a 12 pesos por persona.
Además, el Mexibús y Mexicable también aumentarán sus tarifas en 2 pesos a partir del 1 enero. El incremento será de 7 a 9 pesos por persona.