Centro

TEPJF revoca nulidad de elección en la alcaldía Cuauhtémoc

Reafirma triunfo. | Con esta decisión, Rojo de la Vega será la alcaldesa en Cuauhtémoc | Fuente: Cuartoscuro

La Sala Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó de manera lisa y llana, la sentencia del Tribunal Electoral de la Ciudad de México con base en el cual invalidó la elección en la alcaldía Cuauhtémoc. Con ello, devolvió el triunfo a la candidata opositora Alessandra Rojo de la Vega, quien logró el triunfo sobre la morenista Catalina Monreal.

En sesión pública celebrada este miércoles y por unanimidad de votos, la Sala Ciudad de México del TEPJF deshizo uno a uno los argumentos del Tribunal electoral de la Ciudad de México para invalidar la citada elección y convocar a una nueva.

El magistrado Luis Enrique Rivero Carrera, ponente en el caso, aseguró que no se acreditó la violencia política en contra de las mujeres en razón de género, ni la calumnia electoral por parte de Rojo de la Vega contra su oponente Monreal.

Consideró que hubo una deficiente valoración de pruebas por parte del Tribunal Electoral de la Ciudad de México, que encabeza Armando Ambriz Hernández.

Relacionada; Alessandra Rojo de la Vega impugna nulidad de elección en Cuauhtémoc

Dijo que, según el análisis de la Sala Ciudad de México del TEPJF, las manifestaciones de Rojo de la Vega contra Monreal, en ocho entrevistas, están amparadas en la libertad de expresión. Por lo que no se acredita la violencia política en contra de las mujeres en razón de género ni la calumnia electoral en perjuicio de Catalina Monreal.

“De un análisis contextual de las publicaciones denunciadas no se observan expresiones con elementos de género en perjuicio de la denunciante sino manifestaciones amparadas bajo la libertad de expresión en materia política”, dijeron los magistrados.

Agregaron en los mensajes analizados y su intención “no se visualiza propósito o resultado discriminatorio contra Catalina Monreal por el hecho de ser mujer”, ni se encontraron estereotipos en su contra.

“En el marco del derecho a la libertad de expresión en materia política, la candidata denunciada (Alessandra Rojo de la Vega) de manera espontánea, respondió a diversos cuestionamientos en los que fijó una postura, considerando a su oponente como parte de un grupo político que está integrado por sus familiares”, añadieron.

Asimismo, la Sala Ciudad de México del TEPJF agregó que, contrario a lo resuelto por el Tribunal de la capital, el hecho de que Rojo de la Vega no mencionara a Monreal por su nombre, no lleva por sí mismo decir que la invisibiliza por cuestiones de género, sino que ello puede significar una estrategia publicitaria electoral que tenga como finalidad no exponer el nombre de su oponente.

Finalmente, sobre la calumnia electoral la Sala Ciudad de México del TEPJF señaló que, del análisis integral de los hechos y contexto, se observa que las manifestaciones realizadas por la Rojo de la Vega constituyen críticas severas sobre un grupo político y no le imputación directa de un delito.

Nación321 18.09.2024 Última actualización 18 septiembre 2024 14:9

RELACIONADAS:

Comerciantes piden respetar triunfo de Alessandra Rojo

Alessandra Rojo impugna nulidad de elección en Cuauhtémoc

Caty Monreal compara a Alessandra Rojo con Adrián Marcelo

AMLO habla sobre anulación del triunfo de Alessandra Rojo

Anulan triunfo de Rojo de la Vega en la Cuauhtémoc

Compartir:
Lo más importante
Advertising
Advertising