Seguridad

Revictimización del feminicidio, el lastre de México

Revictimización. | Lesvy Berlín, Mariana Lima y Digna Ochoa, son algunos de los casos | Fuente: Especial

El feminicidio en México se tipificó en 2012, después de que muchas mujeres llevaron a cabo una lucha inalcanzable desde 1993, cuando los asesinatos de mujeres se hicieron visibles en Ciudad Juárez, Chihuahua. 

No obstante, la justicia mexicana opacó muchos de estos casos revictimizando a mujeres que sufrieron agresiones y perdieron la vida a causa de estos crímenes. 

Te mostramos los casos más emblemáticos y que han causado más indignación entre la sociedad mexicana por el tiempo en el que se tardaron para hacer justicia a las víctimas. 

LA REVICTIMIZACIÓN 

Las personas que sufren alguna agresión o un delito sienten que son vulnerados sus derechos, por ello asume el rol de víctima. La victimización secundaria o revictimización es la respuesta que da el sistema a una víctima. 

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Esta respuesta hace que la persona reviva la situación traumática y vuelva a asumir su papel de víctima. Esta vez no es lo víctima de un delito, si no de la incomprensión del sistema.

LUZ RAQUEL 

El caso del feminicidio de Luz Raquel Padilla, mujer de 35 años, adquirió un giro extraño debido a que las autoridades de Jalisco señalaron que tal vez se trate de un ataque autoprovocado.

Así lo informó el fiscal del Estado de Jalisco, Luis Joaquín Méndez Ruiz, el pasado martes durante una conferencia de prensa, en la que señaló que una de las líneas de investigación era un posible autoataque.

Por esta razón, el Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos Humanos de las Mujeres (CLADEM) Jalisco y el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) reprobaron las declaraciones de las autoridades, ya que consideraron que se estaba revictimizando a Luz Raquel y se eliminaba de culpa a los responsables.

El fiscal argumentó que la línea de investigación no se desprende de una del tipo científica de los delitos en torno al feminicidio de Luz Raquel y esto demostraba una falta de perspectiva de género en las indagatorias.

De igual forma, señalaron que la línea de investigación está “enfocada en desacreditar, criminalizar y revictimizar a Luz Raquel Padilla y su familia al exponer y difundir videos de los que no se tiene conocimiento de ser fidedignos y no alterados”.

Aludieron que se estaba llevando a cabo una revictimización de la mujer “no solo desacreditar el ataque de odio que culminó en feminicidio, si no al presentar “evidencia” que apunta a la víctima como su propia agresora”.

Por último pidieron que se implementaran órdenes de protección a la familia de la víctima, así como la familia del presunto responsable, Sergio Ismael “N”, pues denunciaron que están recibiendo “amenazas de muerte y mensajes de odio, que podrían culminar en más y mayores pérdidas”.

Lo anterior debido a que durante conferencia de prensa, la Fiscalía señaló que Luz se habría inmolado al informar que el mismo día de su ataque, habría comprado dos botellas de 500 ml de alcohol y posteriormente habría comprado un encendedor.

Y añadió que dos botellas de alcohol y un encendedor fueron encontrados en la escena del crimen y que una de estas era la misma adquirida por Luz Raquel.

A su vez, declararon que la madre del detenido señaló que las pintas amenazantes afuera de su departamento fueron hechas por la misma víctima.

DEBANHI ESCOBAR 

Otro de los casos que desde un inicio tuvo inconstancias y errores, fue el de la muerte de Debanhi Escobar, en Nuevo León, ya que según los resultados de las primeras indagatorias, la joven de 18 años, habría caído accidentalmente a una cisterna, ubicada dentro del motel Nueva Castilla, en el municipio de Escobedo

Sin embargo, el padre de Debanhi, Mario Escobar, insistió en que su hija fue víctima de una feminicidio

Incluso, se filtraron varios videos de los últimos momentos de Debanhi Escobar a diversos medios de comunicación, en los que se presentó a la víctima en un mal estado de consciencia, desviando la atención pública a un juicio moral sobre si “andaba en la fiesta”, “¿Por qué tan tarde?”, ¿Por qué sus amigas no regresaron por ella?”. El Estado, a través de la fiscalía, está construyendo el camino hacia “ella se lo buscó”.

La negligencia e impunidad con la que actúa la fiscalía de Nuevo León quedó evidenciada, ya que el pasado 7 de julio, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) confirmó que el fallecimiento de la joven fue por feminicidio.

Durante el Informe del Grupo Interinstitucional de la Estrategia de Protección Integral para las Mujeres, el subsecretario de Seguridad, Ricardo Mejía, informó que la conclusión sobre el fallecimiento de la joven se debió a que hubo un agente externo que propició su muerte.

"Finalmente arriban a la conclusión que ya esta de conocimiento público, que la causa de la muerte de Debanhi fue asfixia mecánica por sofocación en su variedad de obstrucción a los orificios respiratorios...Partiendo de la base de que con base en este dictamen, evidentemente hubo un agente externo que propició la muerte de Debanhi y en consecuencia es un feminicidio, porque cualquier muerte violenta de mujer es un feminicidio", detalló.

LESVY OSORIO

El feminicidio de Lesvy Berlín Osorio, ocurrió el 3 de mayo de 2017 en el campus de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), en la Ciudad de México. El caso generó varias hipótesis, asesinato por parte de su entonces novio Jorge Luis González, el suicidio o la de ser víctima de un grupo terrorista.

Durante la investigación se accedió a una cámara de seguridad que captó los últimos momentos de Lesvy Berlín con vida durante la madrugada del crimen y cerca de donde fue encontrado el cuerpo. Las imágenes muestran cómo la víctima y su novio Jorge Luis González Hernández discuten acaloradamente y en un momento de la discusión este último la golpea. 

La autopsia determinó que la estudiante falleció por estrangulamiento provocado por un cable de una cabina telefónica.

El 11 de octubre de 2019 Jorge Luis González Hernández fue declarado culpable del feminicidio de Lesvy Berlín Rivera Osorio. El Ministerio Público pidió condenarlo a 60 años de prisión por el delito de feminicidio agravado. 

El 18 de octubre fue emitida la condena a 45 años de prisión, la cual fue apelada por la familia de Lesvy, junto con el Ministerio Público de la Subprocuraduría de Procesos. La apelación consiguió que la condena se incrementara a 52 años y seis meses.

Pero no todo fue tan rápido, ya que desde que se dio a conocer el caso, el CDHVitoria, en conjunto con otras organizaciones comprometidas con la defensa de los derechos humanos, han dado acompañamiento a sus familiares. 

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Durante el seguimiento al caso en todas las etapas procesales hasta ahora recorridas, colectivos feministas, de mujeres universitarias, periodistas y principalmente mujeres defensoras de derechos humanos han señalado y denunciado diversas omisiones e irregularidades que, por parte de las autoridades de la Ciudad de México, se han presentado a lo largo de la investigación; desde 2018 se sabe, de acuerdo a la Recomendación 01/201812 de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, que se han obstruido considerablemente los trabajos encaminados a esclarecer los hechos sobre el feminicidio de Lesvy.

El 10 de abril de 2018, a casi un año del suceso, un juez determinó que González Hernández fuera acusado por el delito de feminicidio agravado. A mediados del 2019, y previo a la apertura del juicio oral, la defensa del acusado presentó un recurso para que la muerte de Lesvy Berlín fuese tratado como homicidio. 

La solicitud fue rechazada por el tribunal, sumándose a los diferentes tribunales que han insistido en que el caso sea juzgado como feminicidio.

En un principio la fiscalía local señaló la muerte como la de un suicidio frente a su novio, a pesar de las evidencias de violencia previa a su muerte. Además, parte de la opinión pública así como organizaciones de la sociedad civil acusaron de revictimizar a la estudiante por parte de las autoridades judiciales.

La presión social y la insistencia de la familia de Lesvy por esclarecer de forma diligente el caso impulsa avances en la investigación que desarman la tesis del suicidio de Lesvy Berlín.

A dos años del feminicidio, el 2 de mayo la titular de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México (PGJDF), Ernestina Godoy, ofreció una disculpa pública a la familia de Lesvy Berlín por las violaciones al debido proceso, acceso a la justicia y la verdad en el caso que cometió el gobierno de la Ciudad de México durante el mandato de Miguel Ángel Mancera. 

El 22 de mayo de 2019, Felipe Edmundo Takajashi Medina, director del Instituto de Ciencias Forenses, se disculpó por el trato que recibió la familia Berlín cuando se realizó la necropsia.

MARIANA LIMA 

Mariana Lima Buendía fue asesinada en 2010, dos años antes de que se incluyera en el Código Penal Federal el feminicidio. El caso estuvo a punto de ser igual que otro cientos, miles de historias que pasaban desapercibidas en México, pero no lo fue; gracias a la incansable lucha de su madre Irinea Buendía para buscar la verdad y obligar al Estado a reconocer las múltiples omisiones, negligencia y obstrucción de su feminicidio.

El 28 de junio de 2010, Mariana fue a recoger sus cosas la casa que compartía con su esposo Julio César “N”, debido a la violencia infligida durante todo ese tiempo, engaños, golpes, violaciones, el sometimiento y su negación a que ella trabajara, fue la suma de motivos para acabar su relación, sin embargo ella no regresó, ya que fue asesinada esa noche.

La mañana del 29 de junio, Irinea recibió la llamada de su yerno para decirle que Mariana se había suicidado, que él acababa de llegar a la casa y así había encontrado, pero esa versión era mentira.

“Cuando la encontré estaba recostada en la cama con su cuerpo todo golpeado, parecía que la habían bañado”, denunció la madre.

Mariana murió a los 29 años a manos de su esposo, él arregló la escena. Le dijo a sus compañeros del Ministerio Público que no “había necesidad” de investigar y que ella se había quitado la vida.

Seis años después, Irinea pudo hacer justicia por el asesinato de su hija, pero su lucha sentó un precedente histórico para la persecución del feminicidio en México al llevar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el caso y lograr que los jueces emitieran la revisión para desenmascarar las omisiones y negligencia aplicada.

La lucha de su madre Irinea Buendía y su padre Lauro Lima, desenmascaró al agresor de Mariana, policía ministerial del Estado de México con quien ella había contraído matrimonio. Actualmente él se encuentra preso y en espera de una sentencia.

Cinco años después del asesinato de Mariana, la SCJN emitió el 25 de marzo de 2015, la sentencia derivada del expediente 554/2013, sobre el caso de la joven, en dicha sentencia se establece que:

“En el caso de muertes de mujeres se deben identificar las conductas que causaron la muerte y verificar la presencia o ausencia de motivos o razones de género que originan o explican la muerte violenta, preservarse evidencias específicas para determinar si hubo violencia sexual y realizar las periciales pertinentes para determinar si la víctima estaba inmersa en un contexto de violencia”, indicó la sentencia.

DIGNA OCHOA

Otro caso de impunidad y justicia tardía en México es el de Digna Ochoa, abogada y defensora de los derechos humanos en México, quien fue asesinada la tarde del 19 de octubre de 2001, dentro de su despacho, en la Ciudad de México.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) indicó que el Estado inició una investigación en el ámbito penal, que duró cerca de 10 años, en la que se practicaron diversas diligencias forenses, químicas, balísticas e informes psicológicos; se tomaron pruebas testimoniales, fotográficas, entre otras. 

En su informe de fondo 61/19, la CIDH determinó la existencia de una serie de irregularidades graves en la investigación en función de la imparcialidad del órgano investigador en la primera etapa de la indagatoria que determinó que la muerte de la defensora de derechos humanos Digna Ochoa fue suicidio, omisiones en el registro de los fenómenos cadavéricos que no fueron subsanadas y lesiones no advertidas en los diversos exámenes médicos, así como contradicciones en las pruebas de balística .

Al determinarse que había sido por suicidio, el 6 de mayo de 2003 los familiares de Digna Ochoa ofrecieron a la entonces Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, encabezada por Bernardo Bátiz, pruebas periciales que apuntaban a que la abogada no tenía intenciones de suicidarse, pero estas fueron rechazadas o incluidas parcialmente .

En febrero de 2020, la CIDH emitió un comunicado, en el que anunció que el 2 de octubre del 2019 envió el caso de la defensora Digna Ochoa a la Corte Interamericana de Derechos Humanos para su estudio y, en su caso, para una posible sentencia en contra del Estado mexicano. 

Un año más tarde, en abril de 2021 se emitió un comunicado conjunto de las secretarías de Gobernación y de Relaciones Exteriores, en el que el Gobierno de México reconoció su responsabilidad internacional por la violación a las garantías judiciales derivada de la muerte de la defensora y abogada. 

Asimismo, como obligación y convicción del Estado, se acordó generar una ruta para reabrir la investigación para determinar las causas que llevaron a la muerte de la defensora Ochoa y Plácido, la cual incluirá diligencias con perspectiva de derechos humanos y enfoque de género bajo estándares internacionales, con la participación de la familia y de su representación.


Nación321 29.15.2022 Última actualización 29 julio 2022 12:15

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