Seguridad

Las claves para entender el cambio de Procurador a Fiscal

¿El próximo fiscal? | Raúl Cervantes fue designado como Procurador el pasado 26 de octubre | Fuente: Cuartoscuro
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Porque pronto ya no habrá PGR, sino Fiscalía 

Todo cambia y la Procuraduría General de la República (PGR) no será la excepción. 

En los próximos meses (cuando se apruebe la Ley Orgánica de la Fiscalía), la PGR pasará a ser la Fiscalía General de la República. Y sí, esta transición traerá consigo algunos cambios que aquí te presentamos.

1. AUTONOMÍA 

Este es el punto esencial del cambio de la Procuraduría General de la República a Fiscalía. 

Actualmente la Procuraduría depende directamente del Poder Ejecutivo, mientras que la Fiscalía, será un órgano público "autónomo, dotado de personalidad jurídica y de patrimonio propios", se lee en el artículo 102 de la Constitución, modificado tras la aprobación de la Reforma Político-Electoral impulsada por la actual administración. 

Pero, ¿con qué finalidad se hace el cambio de PGR a Fiscalía? Para evitar obedecer a fines políticos en la impartición de justicia. 

2. NOMBRAMIENTO DEL FISCAL

Actualmente, el cargo de Procurador de la República es nombrado directamente por el presidente con la ratificación del Senado; sin embargo, la elección y remoción de la figura de Fiscal será diferente. 

De acuerdo con el artículo 102 constitucional, el Senado deberá integrar una terna con al menos 10 candidatos, la cual será enviada al Ejecutivo, que a su vez, deberá formular otra terna y enviarla a la Cámara Alta. 

Todos los aspirantes deberán comparecer y al final, será el Senado el encargado de designar al titular de la Fiscalía. 

Ojo, en caso de que los senadores no manden las ternas en el tiempo establecido, el presidente podrá nombrar directamente al Fiscal.

3. REMOCIÓN DEL FISCAL

Al igual que el Procurador, el Fiscal podrá ser removido de su cargo por el presidente; sin embargo, no directamente como sucede actualmente.

El Ejecutivo puede quitar al Fiscal de su cargo por "causas graves", pero el Senado tiene la opción de objetar la decisión con el voto mayoritario de los integrantes de la Cámara Alta. 

4. DURACIÓN EN EL CARGO

Actualmente, la figura de Procurador no tiene un tiempo determinado para ostentar dicho cargo, pero quien ocupe el cargo de Fiscal deberá estar al frente de dicho órgano nueve años, según se estipula en el artículo 102 constitucional. 

Las facultades y atribuciones de la Fiscalía serán definidas en la Ley Orgánica en la materia, misma que aún está en proceso de aprobación.

EL JALONEO

El nombramiento del próximo fiscal desató un jaloneo entre los partidos políticos.

Todo gracias a que en la Constitución se estipuló que quien se encontrara en el cargo de Procurador al momento de la transición de PGR a Fiscalía, pasaría automáticamente a ser Fiscal. Pero la designación fast track del priista Raúl Cervantes como Procurador, en sustitución de Arely Gómez, puso en problemas este principio.

Por ejemplo, PRD y el PAN, así como organizaciones civiles se pronunciaron en contra de que Cervantes adquiera automáticamente el cargo de Fiscal debido a la militancia del procurador en el PRI, lo que se contrapone con el principio de autonomía que tendrá la Fiscalía. 

El líder del PRD en el Senado, Miguel Barbosa dijo que si Cervantes busca ser Fiscal, debe renunciar a la PGR y contender como el resto de los aspirantes.

Fernando Herrera, líder de bancada del PAN en la Cámara Alta, también se pronunció en contra de que Cervantes adquiera automáticamente la titularidad de la Fiscalía. 

La organización civil México Unido contra la Delincuencia incluso hizo una petición en Change.org para evitar que Cervantes llegue a la Fiscalía. Hasta el momento, el documento ha sido firmado por 6,500 personas. 

Tras los posicionamientos, el presidente Enrique Peña Nieto tomó cartas en el asunto y envío una iniciativa al Senado para evitar que el Procurador tenga el camino libre a la Fiscalía. 

Nación321 29.54.2016 Última actualización 29 noviembre 2016 13:54

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