Gobierno

Juez da 5 días para incluir a menores en vacunación COVID

COVID-19 | En un plazo de cinco días debe cumplirse con la medida ordenada | Fuente: Cuartoscuro

Claudia Gámez Galindo, secretaria en funciones de Juez Séptimo de Distrito en el Estado de México, dio un plazo de cinco días al gobierno federal para incluir a los menores de 12 a 17 años en la Política Nacional de Vacunación (PVN) contra COVID-19.

Dijo que de incumplir dicha determinación se dará vista a la Fiscalía General de la República (FGR) para que sancione el posible desacato de las autoridades a la orden judicial.

La orden está relacionada con la suspensión definitiva que Gámez Galindo concedió el 7 de octubre pasado a favor de toda la población menor de edad, entre 12 y 17 años, para ser contemplados en la proceso de vacunación.

“Se concede a las autoridades responsables prórroga de 5 días hábiles, contados a partir de la legal notificación, para que den cumplimiento a la suspensión definitiva dictada”, dijo Gámez Galindo.

Recordó que al dar la suspensión definitiva de 7 de octubre pasado se dio un plazo de 48 horas para que las autoridades actualicen o adicionen la “Política Nacional de Vacunación contra el virus SARS-CoV-2″.

El objetivo de la determinación es que se incluya a los menores de 18 y hasta los 12 años de edad en el PNV para ser inoculados contra COVID-19.

Gámez Galindo señaló que el biológico que deberá ser aplicado a ese grupo es el Pfizer-BioNtech, por ser el único que las autoridades sanitarias han autorizado hasta el momento para su aplicación de emergencia a niños, niñas y adolescentes.

Detalló que el 14 de octubre pasado, el subdirector de Recursos Administrativos de la Secretaría de Salud, en representación de Jorge Alcocer, titular de la dependencia y de Hugo López Gatell, titular de la subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, solicitó una prórroga para acatar la suspensión definitiva.

En atención a ello, la secretaria en funciones de juez dio la prorroga y dijo que en un plazo de cinco días debe cumplirse con la medida ordenada en la suspensión definitiva a favor de los menores de edad de 12 a 17 años.

“En ese sentido, reitérese a las autoridades responsables que el incumplimiento de la medida cautelar implica el delito de abuso de autoridad por lo que cualquier violación a la misma dará lugar a que se dé vista al agente del ministerio público de la federación para los efectos conducentes”, advirtió.

La penalidad prevista para dicho delito es de 1 a nueve años de prisión, según lo previsto en el artículo 215 del Código Penal Federal.

David Saúl Vela 27.35.2021 Última actualización 27 octubre 2021 17:35

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