Porque el presidente electo ha sugerido a los servidores públicos que se sumen a la austeridad republicana
Una magistrada del Poder Judicial de la Federación obtuvo una suspensión de amparo que impide, por ahora, la reducción de su salario con base en la reforma impulsada por Andrés Manuel López Obrador para que nadie gane más que el Presidente de la República.
Se trata del primer amparo promovido contra la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Público aprobada por el Congreso de la Unión y vigente desde el 5 de noviembre pasado.
La promotora del amparo es Sonia Rojas Castro, magistrada del Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo en Mazatlán, Sinaloa, quien alegó la inconstitucionalidad de la discusión, aprobación y emisión del decreto por el que se expidió la citada ley, reglamentaria de los artículos 75 y 127 de la Constitución Federal.
De acuerdo con los registros inscritos en los estados electrónicos del Poder Judicial de la Federación, el citado amparo se radicó en el expediente 747/2018 del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Sinaloa, cuyo titular, Ramón Lozano Bernal, concedió la suspensión provisional.
El efecto de dicha suspensión, aclaró el juez Lozano Bernal, es que las cosas se queden en el estado en que actualmente se encuentran, es decir, que la magistrada no sea susceptible de la reducción de su salario.
Consideró que a través de la suspensión del acto reclamado, se evita el peligro en la demora de la salvaguarda de los derechos de la solicitante de amparo que podrían trastocarse como consecuencia de la tardanza en el dictado de la resolución de fondo.
Agregó que mientras no haya una sentencia sobre el caso, la autonomía e independencia en la toma de decisiones judiciales, por parte de la magistrada Rojas Castro, puede resultar menoscabada.
Recordó que si la solicitante de amparo acredita ser magistrada de Circuito, cuenta con una protección constitucional que prohíbe que se disminuyan sus remuneraciones durante su encargo, protección que se dirige a su independencia y autonomía en la toma de decisiones judiciales.
“Por tanto, en apariencia del buen derecho que le asiste, se concede la suspensión provisional solicitada a la quejosa Sonia Rojas Castro, para el efecto de que permanezcan las cosas en el estado que actualmente guardan y no se le apliquen los artículos tildados de inconstitucionales”, dijo el magistrado.
Señaló que esto se mantendrá hasta en tanto se resuelva la suspensión definitiva de los actos reclamados. Cabe destacar que el juez citó a una audiencia el 27 de noviembre próximo en el cual se podría definir si se concede la suspensión definitiva o se desecha el amparo.