¡Ya empezamos con problemas! El Servicio de Administración Tributaria (SAT) advirtió que los contribuyentes podrían ser acreedores a multas y todo por no tener habilitado el Buzón Tributario.
Lo anterior se debe a que registrar y mantener actualizados sus medios de contacto, es una obligación fiscal desde 2020, por lo que incumplir con ello es motivo de infracción.
Cabe recordar que el Buzón Tributario es un canal de comunicación entre el SAT y los contribuyentes, y tiene como objetivo simplificar la notificación de actos administrativos y envío de mensajes de interés de manera ágil y segura
Aunque puede sonar no muy útil, el Servicio lanzó una lista de beneficios que puedes tener si lo haces, claro, además de no recibir una sanción:
¿QUIENES PUEDEN NO HACERLO?
Personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica y los asalariados y asimilados a salarios con ingresos anuales en el ejercicio inmediato anterior menores a 400 mil pesos.
Personas físicas y morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de suspendidos.
Para consultar preguntas frecuentes, habilitarlo por primera vez, actualizar los medios de contacto y conocer más información, pueden visitar el minisitio aquí: http://omawww.sat.gob.mx/BuzonTributario/Paginas/index.html