La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó nuevamente al presidente Andrés Manuel López Obrador abstenerse de difundir propaganda gubernamental al encontrar contenido que viola la veda electoral en 29 de 36 conferencias matutinas analizadas.
Este análisis se derivó de dos denuncias interpuestas por el Partido Acción Nacional (PAN) en contra del presidente por las expresiones que el servidor realizó durante sus conferencias matutinas del 5 de abril al 18 de mayo, y de los días 20 y 26 de mayo, al considerar que en ellas se difundió propaganda gubernamental y se realizaron manifestaciones político-electorales.
También denunció el incumplimiento a la pauta de promocionales ordenada por el INE toda vez no fue difundida por los canales del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, Canal 11, Canal 14 y Canal 22 durante la transmisión de las conferencias matutinas.
“De un análisis minucioso al contenido de las conferencias matutinas denunciadas se evidenció que, al menos durante el periodo del 5 de abril al 26 de mayo, el Titular del Poder Ejecutivo se pronunció de manera reiterada y constante sobre temas y aspectos prohibidos por la Constitución”, señaló el INE.
Por lo anterior el órgano electoral ordenó al presidente abstenerse de difundir “logros de gobierno, incluyendo programas sociales y las personas beneficiarias, obra pública, así como emitir cualquier tipo de manifestación que pueda incidir en las preferencias electorales de la ciudadanía”.
También, se le ordenó evitar manifestaciones que impliquen la promoción personalizada de algún funcionario de gobierno, precandidatura, candidatura o candidatura independiente; estrategias electorales de cualquier fuerza política nacional o local; encuestas de intención de voto o preferencias electorales; así como cualquier mensaje que busque o genere tener un efecto persuasivo y de influencia en el electorado.
Por otra parte, la Comisión estimó improcedente ordenar al Ejecutivo Federal que se suspenda la difusión de las conferencias de prensa matutinas ya que dicho ejercicio, por sí mismo, no contraviene norma o disposición jurídica alguna, declarando también improcedente ordenar que dichas conferencias se dejen de difundir a través de los sitios de internet oficiales.