Elecciones

¡Llegó la veda electoral!... ¿Qué está prohibido hacer?

Silencio electoral. | Durante estos días, los candidatos no pueden realizar actos proselitistas | Fuente: Especial

Adiós a los dimes y diretes entre candidatos, a los mítines, a la propaganda por doquier… ¡y a los spots

Las campañas están a punto de llegar a su fin y el escenario estará listo para comenzar el periodo de veda electoral... ¿Sabes qué es? Acá te contamos.

Tres días antes de celebrarse la jornada electoral comienza la veda, el periodo para que los votantes reflexionen su voto, revisen las propuestas de los candidatos y no tengan distracciones una vez que ya terminaron las campañas en las que los partidos expusieron sus plataformas y propuestas.

La veda es la última fecha clave del proceso electoral antes del 1 de julio y estará vigente los días 29, 30 y 31 de mayo, y obvio, durante la jornada electoral. 

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LO PROHIBIDO

Como la idea de la veda es dejar en paz al elector para que decida su voto, hay una que otra cosita que tanto candidatos, partidos y militantes tienen prohibido.

Por ejemplo, durante estos días, los candidatos no pueden realizar actos proselitistas ni difundir propuestas o promesas de campaña por medios de comunicación como radio, televisión, prensa y REDES SOCIALES. Y ojo, aunque sean independientes también tienen estas limitaciones. 

Además, la ley indica que se tiene que retirar la propaganda electoral que se encuentre en un radio de 50 metros de las casillas. Tampoco se pueden realizar marchas o manifestaciones en contra o a favor de algún aspirante, pues todo acto de proselitismo es considerado un delito electoral.

Y si eres de los que les encanta ver las encuestas, mejor ni busques, porque tampoco se pueden difundir resultados de este tipo de ejercicios sobre preferencias electorales.

Otra cosa que tampoco se puede hacer durante la veda electoral es dar a conocer informes de labores de servidores públicos o legisladores, también los de gobernadores o alcaldes.

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Y para el gobierno también hay prohibiciones pues se debe suspender toda propaganda gubernamental, tanto de los autoridades federales, estatales municipales, las de autoridades de la Ciudad de México, delegaciones y cualquier otro ente público.

Pero aguas, hay excepciones. La única propaganda que puede transmitirse es la referente a mensajes de autoridades electorales, de salud y educativas o las que se requieran de alguna autoridad de protección civil en casos de emergencia.

¿Y un ciudadano puede hacer llamado al voto?

Según las autoridades electorales, los ciudadanos pueden hacer llamado al voto libre, pero NO pueden hacer llamado al voto por un candidato en específico..

Así que con esta rápida explicación ya estás listo para que este 1 de julio ejerzas el voto de manera libre y sin ningún tipo de distracción.

Nación321 28.07.2024 Última actualización 28 mayo 2024 16:7

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