Con la intención de regular y fiscalizar eventos, gastos y propaganda de aspirantes presidenciales tanto de la llamada Cuarta Transformación, como del Frente Amplio por México, el Instituto Nacional Electoral (INE) palomeó medidas a ambos bandos, que tendrán un tope de gastos de 34.3 millones de pesos.
Con 7 votos a favor, así como 4 en contra, se indicó que los servidores públicos podrán participar en los procesos internos de los partidos, siempre y cuando no incurran en la vulneración a la equidad.
Destacó que quienes participen en los procesos locales, podrán aportar un límite de 2 millones 148 mil 166 pesos; mientras que las aportaciones de militantes y simpatizantes, de manera individual, será de hasta 537 mil 041 pesos.
Respecto de las prerrogativas de acceso a radio y televisión, queda estrictamente prohibido el uso de las prerrogativas de acceso a tiempos oficiales de radio y televisión para la difusión de los Procesos Políticos.
Sólo podrán difundir propaganda genérica relativa a sus actividades permanentes, la promoción de la participación de la ciudadanía en la construcción y fortalecimiento de la democracia y mostrar su ideología, valores o principios. En ninguna circunstancia difundirán los procesos políticos o el nombre, imagen, voz o cualquier otro elemento que identifique a personas inscritas.
Podrá ordenar INE retiro inmediato de propaganda de índole electoral
Sobre la propaganda, los actos, eventos y actividades que realicen partidos, organizaciones ciudadanas, personas inscritas y demás participantes no deben tener como objetivo el respaldo para la postulación de precandidaturas o candidaturas a un cargo de elección popular.
Se estableció la facultad del Instituto para ordenar el retiro inmediato de toda propaganda que contenga elementos de naturaleza electoral o que sean equivalentes, así como aquella que no incluya la identificación del proceso político y, en su caso, de la persona inscrita.
Procesos inéditos no existen; lo que sí hay son procesos electorales conforme a la ley o fuera de ella
“Ni la Constitución, ni las leyes electorales prevén un periodo de algo así como pre-precampañas. Lo que el Tribunal Electoral nos ha ordenado en su reciente sentencia es, cito: emitir lineamientos que eviten que los actos que se realicen como parte del proceso político para definir a quienes podrían ostentar una precandidatura o candidatura, vulneren la equidad de la contienda, así como que garanticen la debida fiscalización de los recursos destinados para tal efecto”, explicó la Consejera Claudia Zavala en la sesión extraordinaria.
Lo que el Tribunal mandató al INE, abundó, “es normar una serie de actividades proselitistas en un periodo que simple y sencillamente no está contemplado ni en la Constitución, ni en la ley electoral”. En su intervención, la Consejera Zavala señaló de manera categórica que “eso de los procesos inéditos simplemente no existe. Lo que sí existe son procesos electorales que se llevan a cabo conforme a la ley o, por el contrario, fuera del marco de la ley”.
Lineamientos dan claridad en materia política y electoral
La Consejera Dania Ravel aseveró a su vez que los Lineamientos dan muchas claridades, por ejemplo, en el cumplimiento que deberán acreditar los partidos políticos involucrados sobre la propaganda que se puede utilizar y la que no; la presentación de informes; la metodología, costos y resultados de encuestas o sondeos de opinión, así como un seguimiento a los recursos que se utilizan, los que deberán ser provenientes del financiamiento público ordinario.