Esta tarde, en la Cámara de Diputados, se aprobó la ley que sanciona de 4 a 10 años de prisión a los servidores públicos que filtren fotos e imágenes de una víctima que se encuentre en proceso penal, conocida como Ley Ingrid.
Por unanimidad, los diputados reformaron el artículo 225 del Código Penal Federal. Incluyeron la agravante de en caso de que la víctima sea mujer, menores de edad o personas con discapacidad, la pena de cárcel aumentara en una tercera parte.
De acuerdo con el dictamen, se establece que "será considerado un delito cometido por servidores públicos en contra de la administración de justicia cuando directa o indirectamente fotografíe, copie, filme, grabe audio o video, reproduzca, difunda, entregue, comparta, publique, transmita, oferte, intercambie o comercialice, imagen, audio, video, documento, información o indicio relacionado con un procedimiento penal que revele las condiciones de una víctima o las circunstancias de hechos que la ley señale como delitos”.
Al respecto, Felipe Fernando Macías Olvera, presidente de la Comisión de Justicia dijo que esta aprobación va a servir para que no se repitan casos en los que los servidores públicos que estaban encargados de resguardar una escena terrible, sean los primeros en divulgar imágenes.
“Que no se repitan los terribles casos de que esos servidores públicos que estaban encargados de resguardar lo que sucedió, esa terrible escena, sean los primeros en estar divulgando y difundiendo las imágenes, videos e información de la víctima. Lucrando con la tragedia… Ya ha habido terribles casos que han indignado a la sociedad mexicana, donde personas sin escrúpulos subieron estas imágenes, estos videos a redes sociales e incluso medios amarillistas, tabloides, publicándolos para su difusión. Esto no puede permitirse nunca más”, sentenció.
El dictamen establece que será considerado un delito cometido por servidores públicos en contra de la administración de justicia cuando directa o indirectamente se fotografíe, copie, filme, grabe audio o video, se reproduzca, difunda, entregue, comparta, publique, transmita, oferte, intercambie o comercialice, imagen, audio, video, documento, información o indicio que este relacionado con un procedimiento penal y que revele las condiciones de una víctima o las circunstancias de un hecho de delito”
Con esta reforma sanciona la difusión por cualquier medio y contempla a toda la cadena de seguridad, procuración e impartición de justicia.
Por su parte, Ana María Balderas Trejo, diputada del PAN, dijo que esta es una gran contribución para penalizar la revictimización por parte de los servidores públicos.
“Será una contribución para penalizar la revictimización que se produce a través de los servidores públicos, desde el primer respondiente hasta los Ministerios Públicos, al emitir información no autorizada por sus seres queridos”, señalo la diputada del PAN, Ana María Balderas Trejo, una de las autoras de la propuesta.
“Tal fue el caso de Ingrid Escamilla Vargas, víctima de feminicidio que expuso la realidad de la violencia que ha vivido la mujer en nuestro país…servidores públicos filtraron a medios las fotografías de la escena del crimen en donde se exponía de forma explícita el cuerpo de la víctima, dañando por consecuencia el debido proceso y atentando contra la dignidad, intimidad e identidad de la víctima. Es ante este suceso que resulta indispensable marcar un antes y un después de los protocolos de actuación en la investigación de este tipo de delitos”, considero la legisladora de Morena, Laura Imelda Pérez Segura, otra de las promotoras de esta reforma.
Los servidores públicos que incurran en esta situación serán sancionados con una pena de prisión de 4 a 10 años y de 100 a 150 días multa. En caso de que la información que se difunda esté relacionada a mujeres, niñas, niños, adolescentes o personas con discapacidad el castigo de cárcel aumentara en una tercera parte.
El dictamen avalado con 470 votos se turnó al Senado para su validación.