De la misma forma en la que los diputados entregaron a las paraestatales la posibilidad de operar aerolíneas y aeropuertos a la vez, esta tarde, la Cámara Baja aprobó cambios a diversas leyes que permiten que el jefe del Ejecutivo otorgue asignaciones a empresas del Estado para operar ferrocarriles, mismas que serán de forma indefinida y se perfilan a ser controladas por militares.
En una votación sin discusión en comisiones, la bancada de Morena y sus aliados aprobaron por 263 a favor, 218 en contra y 0 abstenciones, las modificaciones al artículo 3 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, además de adicionar un segundo párrafo al artículo 10 de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario y un artículo 59 Bis a la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.
La iniciativa de decreto enviada por el presidente Andrés Manuel López Obrador fue votada en fast-track, sin la discusión en comisiones y, además, sin un estudio de fondo que contemplara las posibles afectaciones al sector ferroviario.
La iniciativa aprobada por los diputados del partido en el poder es, prácticamente, una calca de la aprobada hace una semana en aviación, salvo que los cambios en la ley ferroviaria facultan al Presidente para otorgar asignaciones a paraestatales para la operación de ferrocarriles. “Lo que se pretende es entregar a la Sedena una cuestión más (…) el militarismo es obra de ustedes”, denunció el diputado Braulio López, de Movimiento Ciudadano (MC).
El dictamen, que constó de apenas cuatro fojas, incluida una apenas con la exposición de motivos, introduce la posibilidad de otorgar, además, asignaciones a paraestatales por tiempo indefinido para la operación de ferrocarriles.
“El título de asignación a favor de entidades paraestatales tendrá una vigencia indefinida. Una vez otorgada dicha asignación no podrá cederse o transferirse bajo ningún título; sólo podrá concluir cuando se acredite fehacientemente que no existe utilidad o interés públicos, interés general, interés social o razones de seguridad nacional que lo justifiquen”, dice la modificación aprobada al artículo 10 de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario.