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Cofepris emite recomendación para adquisición de analgésicos

Analgésicos seguros. | La Cofepris recomendó revisar que los medicamentos cuenten con licencia sanitaria | Fuente: Shutterstock

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) y la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (Conamed) exhortaron a especialistas de la salud a adquirir anestésicos con distribuidores legalmente constituidos, ya que ayuda a prevenir posibles riesgos a la salud por suministro de productos irregulares.

La dependencia detalló que la adquisición legal de este tipo de productos amplía la garantía de que se cumplen los estrictos controles de buenas prácticas de fabricación y distribución, así como la seguridad, calidad y eficacia de medicamentos que se utilizan en procedimientos quirúrgicos u obstétricos.

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Además, resaltaron la importancia que los profesionales de la salud cuenten con la acreditación de la especialidad necesaria para el empleo de anestésicos.  
Asimismo, deben indicar en el expediente clínico todas las intervenciones del personal involucrado en el tratamiento y atención a pacientes, y cada uno de los medicamentos prescritos deben registrarse en las notas médicas, de enfermería y posanestésicas.

Por su parte, la Conamed informó que los profesionales debidamente legitimados para la práctica de la anestesiología que efectúen procedimientos quirúrgicos a pacientes de forma ambulatoria o a quienes requieran hospitalización deberán sustentar clínicamente la necesidad del empleo de medicamentos anestésicos; evaluar el riesgo-beneficio de los procedimientos a realizar, así como obtener el consentimiento informado.

"Cada procedimiento, obligadamente tendrá que ser documentando en el expediente clínico, en estricto apego a los preceptos que establece la Constitución en sus artículos 1º, 4º y 6º, así como en la Ley General de Salud en sus artículos 32, 51 bis 1 y 77 bis 37" detallaron. 

Para finalizar, enfatizaron que los profesionales de la salud están obligados a reportar todos los eventos adversos que se presenten durante la realización de cualquier evento anestésico, a efecto de que se cumpla lo dispuesto en la Ley General de Salud, en sus artículos 194 inciso III, así como el 195.

ANÁLGESICOS PARA USO PERSONAL 

Por otro lado, recomendó a las personas que requieran estos insumos para la salud, verificar que los distribuidores a quienes adquieren insumos y productos cuenten con licencia sanitaria y el aviso de funcionamiento, además de aviso de responsable sanitario.

"Una vez recibidos los insumos, se deberá revisar a detalle que correspondan a lo descrito en el documento de entrada respecto a la descripción, fecha de caducidad y número de lote. Sumado a lo anterior, deberán cerciorarse de que los empaques de los medicamentos no presenten alteraciones o daños", explicaron. 

Con respecto a la conservación y el almacenamiento de anestésicos, recomiendan seguir las indicaciones contenidas en el etiquetado de cada producto. Además, cada establecimiento debe registrar el control y registro de temperaturas; contar con instrumentos de calibración y protocolos de actuación cuando los medicamentos sean expuestos a temperaturas fuera de los límites especificados en la cadena de frío. 

Nación321 14.42.2023 Última actualización 14 junio 2023 21:42

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