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Funcionarios del IFT no podrán ganar más que el presidente

Sueldazos. | Desde 2018, el IFT ha impugnado los presupuestos anuales y la percepción de sus altos funcionarios | Fuente: Cuartoscuro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó una suspensión al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) contra el tope salarial que se fijó en el presupuesto 2022 para altos funcionarios de ese organismo autónomo.

Con ello, los funcionarios de primer nivel del IFT estarán obligados, por ahora, a mantener un salario inferior al que percibe el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador.

El IFT promovió en días pasados la controversia constitucional 220/2021 contra los artículos del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) 2022 que topa el salario tanto del presidente de la República como de funcionarios del IFT.

Su intención, es que no se obligue al IFT a fijar el salario de su personal con base en la percepción del presidente de la República y, en forma autónoma, pueda establecer cuánto deben percibir sus empleados, incluso, asignar remuneraciones mayores a la del presidente López Obrador.

De acuerdo con el PEF 2022, el presidente López Obrador tendrá en 2022 una percepción anual bruta de 2 millones 487 mil 023 pesos y una vez hechos los descuentos de ley su ingreso neto será de un millón 785 mil 769 pesos.

En tanto, el salario bruto anual del presidente del IFT se fijó en 2 millones 484 mil 454 pesos; y una vez hecho el descuento, por pago de impuestos, quedaría en un millón 770 mil 997 pesos netos.

No obstante, el IFT impugnó dicha asignación salarial mediante una controversia constitucional. 

Desde 2018 ha impugnado los presupuestos anuales y la percepción de sus altos funcionarios y ha logrado la suspensión del tope salarial, en 2021 lo logró a través de la revisión a la negativa original.

Este lunes las ministras Margarita Ríos Farjat y Yasmín Esquivel, integrantes de la Comisión de Receso de la Suprema Corte Constitucional, aceptaron a trámite la controversia, pero negaron la suspensión del acto reclamado.

“Se admite a trámite la demanda, sin perjuicio de los motivos de improcedencia que puedan advertirse de manera fehaciente al momento de dictar sentencia… Se niega la suspensión solicitada por el Instituto Federal de Telecomunicaciones”, dice la notificación.

Las ministras pidieron a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, al Poder Ejecutivo Federal y a la Secretaría de Gobernación dar contestación a la demanda de controversia constitucional.

Emplazaron a dichas dependencias a responder en un plazo no mayor a tres días y les pidió enviar a la Suprema Corte una copia certificada de los antecedentes relativos al Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2022.

También emplazó a la Fiscalía General de la República para que, hasta antes de la celebración de la audiencia de ley, manifieste lo que a su representación corresponda. 

David Saúl Vela 27.22.2021 Última actualización 27 diciembre 2021 18:22

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