Elecciones

4 razones que pueden cancelar la elección presidencial

Cancelación. | Por estos motivos se podrían anular las elecciones del 1 de julio. | Fuente: Cuartoscuro


CREEMOS QUE IMPORTA POR...

Porque hay algunos actos que podrían invalidar las elecciones y es mejor estar prevenidos

El próximo domingo elegiremos en México a nuestro próximo presidente, a diputados, senadores, algunas gubernaturas y más de 18 mil 299 cargos de elección popular incluyendo a regidores, alcaldes, etc. Bueno... eso si todo sale bien, porque existen varias razones que podrían anular los comicios.  

1.- IRREGULARIDADES EN LAS CASILLAS

El artículo 75 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral considera que las irregularidades en las casillas pueden ser causa de nulidad de las elecciones.

Entre las irregularidades de casillas que podrían anular la elección están las siguientes:

- Que las casillas se instalen en un lugar distinto al señalado.
- Cuando el paquete de los expedientes electorales se entregue fuera de los plazos determinados.
- Que el escrutinio y cómputo se realice en un local diferente al determinado por el Consejo respectivo.
- Si se impide el ejercicio del derecho al voto a los ciudadanos.
- Que se interfiera el cómputo de los votos cuando esa acción sea determinante en los resultados.
- Cuando se permita a los ciudadanos votar sin credencial vigente o cuando su nombre no aparece en la lista nominal.
- Que se impida el acceso de los representantes de los partidos políticos y candidatos independientes o se les expulse sin causa justificada.
- La existencia de violencia física o presión sobre los miembros de la mesa directiva de casilla o sobre los electores.

Mapaches, acarreo, carrusel... El diccionario de la corrupción electoral

2.- INSTALACIÓN DEL 25% DE LAS CASILLAS

En el artículo 77bis del mismo código de ley establece que la elección del presidente podría ser anulada si no se instalan por lo menos el 25% de las casillas a nivel nacional.

Si se da ese escenario, la votación no será recibida. 

Ellos pueden evitar (o hacer) un fraude en las elecciones

3.- EL GANADOR ES INELEGIBLE

La ley establece que si el candidato o la candidata con el mayor número de votos es inelegible, el resultado de esa elección no sería validado. 

¿Qué determina la inelegibilidad? Pues depende de cada puesto al que se contienda. Por ejemplo, la Constitución establece que los diputados y senadores deben cumplir ciertos requisitos de edad (21 años para diputado y 25 para senador), residencia y nacionalidad, entre otros. 

Para presidente se establece que debe ser mayor a 35 años, no puede pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de algún culto y debe haber nacido en México y haber vivido en el país por al menos 20 años. 

4.- VIOLACIONES GRAVES: EXCEDER GASTO, RECURSOS ILÍCITOS Y TIEMPO EN RADIO Y TV

En el artículo 41 de la Constitución se establecen los tres delitos graves que podrían causar nulidad en la elección y estos son:

- Exceder el gasto de campaña en 5% del monto total autorizado. 

- Adquirir tiempo en radio o televisión fuera de los supuestos previstos en la ley

- Usar recursos de procedencia ilícita o recursos públicos en las campañas.

Además establece que en cualquiera de estos tres casos de nulidad, las violaciones se considerarán como determinantes cuando la diferencia entre la votación obtenida entre el primero y el segundo lugar sea menor al 5%, entonces se convocaría a una elección extraordinaria.

Con información de El Financiero.

Nación321 29.55.2018 Última actualización 29 junio 2018 15:55

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