Elecciones

Estado de postración: ¿cómo podrán votar en las elecciones?

Estado de postración. | La recolección de votos se llevará a cabo en mayo | Fuente: Especial

Las elecciones del próximo 2 de junio tendrán una nueva modalidad para que las personas en estado de postración; es decir, aquellas que por edad, accidente o condición física están imposibilitadas para levantarse y que, por lo tanto, no pueden acudir a las urnas a emitir su voto. 

Pero, ¿cómo será? En Nación321 te explicamos. 

El instituto Nacional Electoral (INE) informó que este sector de la ciudadanía podrán ejercer su voto anticipado desde su domicilio, por lo que se garantiza el derecho a votar en las elecciones populares, tal como lo establece el artículo 35 constitucional.

¿Cómo implementó el INE el voto para personas en postración?

Desde 2018, el INE implementó una modalidad para obtener o actualizar la credencial para votar a domicilio para las personas que están imposibilitadas para trasladarse a un Módulo de Atención Ciudadana.

“Si no puedes acudir al INE para sacar tu credencial para votar debido a un impedimento físico, no te preocupes porque el INE llega hasta donde tú estés”, se lee en la página del organismo.

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Así está establecido en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales:

El artículo 141 “Los ciudadanos mexicanos residentes en el territorio nacional, que se encuentren incapacitados físicamente para acudir a inscribirse ante las oficinas de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores correspondiente a su domicilio, deberán solicitar su inscripción por escrito, acompañando la documentación que acredite su incapacidad”, menciona el artículo 141.

Hasta el momento, la Ciudad de México, Jalisco, Veracruz, Nuevo León y Guerrero son las entidades con más solicitudes de credencialización.

¿CÓMO ES EL PROCESO DE CREDENCIALIZACIÓN?

Entregar la petición por escrito al INE, en la sede de la Vocalía del Registro Federal de Electores, anexando el certificado médico original expedido por alguna institución del Sector Salud pública o privada. 

La solicitud la puede hacer un familiar, persona de confianza o en su caso el representante legal. 

¿QUÉ DOCUMENTOS NECESITAS?


¿CÓMO PODRÁN VOTAR A DOMICILIO?

Para este proceso electoral 2023-2024 el INE acordó que aquellas personas que soliciten el trámite de la credencial en su domicilio podrán ejercer el voto anticipado. Sin embargo, es requisito haber obtenido la credencial bajo esta modalidad entre el 1 de enero de 2018 que estuvo disponible hasta el 31 de diciembre de 2023.

Asimismo, hay que manifestar, mediante el llenado de la Solicitud Individual de Inscripción a la Lista Nominal de Electores con Voto Anticipado (SIILNEVA), la intención de registrarse en la Lista Nominal de Electores con Voto.

Sí, del 3 al 12 de febrero de 2024, el personal designado realizará las visitas a los domicilios del electorado para el voto anticipado a fin de poner a su disposición las invitaciones, los instructivos de llenado y las solicitudes para ejercer su derecho político-electoral desde su domicilio. 

Posteriormente,  la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores determinará la procedencia o improcedencia de los formatos de solicitud entre el 11 y el 16 de febrero de 2024.

Si la solicitud de una persona en situación de postración no procedió, será notificada del 19 al 23 de febrero de 2024 y desde ese momento podrá impugnar para, días antes de la elección, no acudir a las urnas y ejercer su voto anticipado desde su domicilio.

La recolección de votos se llevará a cabo en mayo, previo al proceso electoral del domingo 2 de junio.

Nación321 05.26.2024 Última actualización 05 marzo 2024 12:26

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