Elecciones

¿Resultado de la elección cambia con el cómputo distrital?

Material electoral. | El proceso electoral está en su tercer etapa: el cómputo distrital | Fuente: Cuartoscuro

Este miércoles arrancaron los cómputos distritales, la tercera y última etapa del proceso electoral, a cargo del Instituto Nacional Electoral (INE).

Este proceso consisten en la suma de los resultados contenidos en las actas de escrutinio y cómputo de las casillas en un Distrito Electoral o en una Circunscripción para obtener los resultados definitivos de la elección.

Cuando la sesión de cómputo distrital inicia, se abrirán los paquetes electorales que no tengan muestras de alteración, siguiendo el orden numérico de las casillas. Posteriormente, se comparan “los resultados del Acta de Escrutinio y Cómputo (AEC) contenida en el paquete electoral, contra los resultados que de la misma obre en poder de la presidencia del Consejo Distrital”, de acuerdo con el INE.

Sin embargo, los resultados tras contabilizar los sufragios sí podrían tener variaciones cuando se presentan diversos factores que obligarán a aplicar el ‘voto por voto’.

Por ejemplo, se realizarán recuentos parciales:

- Los resultados de las actas no coinciden, o se detectaren alteraciones en las mismas, que generen duda sobre el resultado de la elección en la casilla.

- No existe el Acta de Escrutinio y Cómputo en el expediente de la casilla, ni en el poder de la presidencia del Consejo. 

- Se presentan errores o inconsistencias en los distintos elementos de las Actas, salvo que puedan corregirse o aclararse a satisfacción plena de quién lo haya solicitado.

- El número de votos nulos es mayor a la diferencia entre las candidaturas ubicadas en el primero y segundo lugares en votación.

- Todos los votos fueron depositados a favor de un mismo partido.

El recuento total de los votos se realiza cuando:

- Existe el indicio de que la diferencia entre el presunto ganador de la elección y el que obtuvo el segundo lugar es igual o menor a un punto porcentual y el representante del partido que postuló al candidato que obtuvo el segundo lugar lo solicite.

Los cómputos constituyen los resultados definitivos de la elección y únicamente pueden cambiar, tras la revisión, derivado de alguna sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

Si nada de lo anterior es observado, y las actas coinciden, simplemente quedarán asentadas y no se registrarán cambios. Será emitida la declaración de validez para la elección.

Nacion321 09.11.2021 Última actualización 09 junio 2021 16:11

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