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SCJN ordena liberación de acusados por secuestro en Tabasco

Corte. | Los elementos de prueba son suficientes para revocar la sentencia | Fuente: Youtube

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó la inmediata libertad de Héctor Muñoz Muñoz , Juan Luis López García y Gonzalo García Hernández, quienes fueron detenidos en 2015 por secuestro en Macuspana, Tabasco, y sentenciados a 50 años de prisión, cuyo caso fue expuesto en el documental "Duda Razonable" de Netflix. 

Lo anterior, luego de la que SCJN otorgó un amparo liso y llano a los acusados del secuestro de cuatro personas en Tabasco. En el caso de Darwin Morales, recobró su libertad porque su defensa demostró que se encontraba en otro lugar. 

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Por unanimidad, el Pleno de la Corte avaló el proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien señaló que en este asunto existen múltiples violaciones al debido proceso y porque el tribunal de justicia oral no tuvo frente así evidencia que corroborara de manera robusta y suficiente el delito. 

El ministro presidente de la Corte, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, señaló que la defensa de los jóvenes planteó una hipótesis de inocencia coherente y sólida, la cual fue consistentemente sostenida y corroborada con medios de prueba. 

“Por eso me parece que se tiene que otorgar el amparo liso y llano a los quejosos porque son inocentes desde mi punto de vista, no es suficiente invalidar la sanción y que puedan salir en libertad con una pena infamante de por vida por un delito que el Estado no acreditó que hubieran cometido. 

“Me parece que en casos como éste, en que no solamente queda claro que no se pudo cometer el delito sino es evidente la intención arbitraria de las autoridades de fabricar culpables y de hacerles pagar por un delito que es evidente que no cometieron que este tribunal no se puede conformar con invalidar la pena y que estos tres jóvenes salgan con un sello con una marca que de por sí ya va a ser difícil que se quiten por el tiempo que han pasado prisión, con una marca de culpabilidad cuando no hay una sola prueba de la cual se pueda desprender que son responsables de este supuesto delito”, expresó. 

El proyecto aprobado menciona que los elementos de prueba son suficientes para revocar la sentencia porque la fiscalía no satisfizo la carga de la prueba que se obligó a soportar cuando decidió impulsar un proceso penal contra los tres quejosos. 

Nación321 08.46.2022 Última actualización 08 diciembre 2022 14:46

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